CONVOCATORIAS ONPE

Convocatoria ONPE: 9534 Coordinadores de local de votación - Elecciones 2026

CONVOCATORIA CONCLUIDA.
Ya no puede postular a este concurso. Revise ofertas vigentes aquí

RESUMEN DE LA CONVOCATORIA:

Fecha de Publicación: 30 de Enero del 2026

Institución: ONPE

Tipo de contrato: Locación de servicios

Hay puestos para: Egresados Técnicos, Titulados técnicos, Egresados Universitarios, Bachilleres, Titulados Universitarios

Lugar de labores: A nivel nacional

Remuneración: S/. 2500 Soles

Hay plazas para: Todas las carreras.


Nota: Los interesados deben considerar previamente a la postulación, si cumplen con los requisitos establecidos para cada vacante y revisar que documentación(anexos, formatos, etc) debe adjuntar para su correcta inscripción. Las bases son consignados para cada puesto a continuación.

PUESTOS DE TRABAJO OFERTADOS:

CONCURSO PÚBLICO PARA SELECCIÓN DE COORDINADOR DE LOCAL DE VOTACION - ELECCIONES GENERALES 2026

Cargo: COORDINADOR DE LOCAL DE VOTACION (Código CLV – EG2026)

Número de vacantes: nueve mil quinientos treinta y cuatro (9534)

Requisitos:

  • Documentación obligatoria:
    • Egresado de estudios universitarios en carreras profesionales o egresado de estudios técnicos superiores en carreras técnicas de tres años.
    • Experiencia laboral general no menor de dos (02) años en el sector público y/o privado de los cuales debe haber participado en dos (02) procesos electorales.
    • Conocimientos en Office con nivel usuario acreditado con constancia y/o Declaración Jurada elaborada por el postulante.
  • Documentación Complementaria
    • Bachiller universitario/técnico o título universitario/técnico.
    • Experiencia laboral adicional de tres (03) procesos electorales en cargos de Coordinador Distrital, Coordinador de Centro de Computo, Coordinador de Mesa, Coordinador Técnico de Mesa o Coordinador de Local de Votación (distinta a los requeridos en la documentación obligatoria).
    • Capacitación acreditada a partir del año 2018 a la fecha, en uno de los siguientes temas u otros relacionados a ellos: Liderazgo; Gestión de Procesos; Gestión Pública; Seguridad y salud en el trabajo.

Competencias:

  • Capacidad de realizar actividades en equipo.
  • Organización y responsabilidad en las actividades del servicio prestado.
  • Habilidad para ofrecer soluciones en la toma de decisiones.
  • Comunicación efectiva.



Honorarios: S/ 2,500 mensual (no negociable)

Modalidad contractual: Locador de servicio, por tal motivo no se aplica las bonificaciones por discapacidad, FFAA, ni otras que resulten aplicables a los regímenes laborales.
Tener disponibilidad para viajar a cualquier parte del interior al país, de acuerdo a la designación de la ONPE.

Plazo para postular: Desde las 09:00 horas del 31 de enero hasta las 17:00 horas del 02 de febrero de 2026

PROCESO DE SELECCIÓN: El presente Concurso Público tiene por objeto la selección de nueve mil quinientos treinta y cuatro (9534) Coordinadores de Local de Votación para el proceso electoral de las Elecciones Generales 2026, bajo los alcances y condiciones de los contratos de locación de servicios que suscriban.
La inscripción del postulante en línea se realizará desde las 09:00 horas del 31 de enero hasta las 17:00 horas del día 02 de febrero de 2026, dicha inscripción se efectuará exclusivamente por Sistema Integrado de Gestión de Locadores de Servicios (POSTULA AQUÍ), debiendo adjuntar la documentación que cumpla con acreditar el perfil y requisitos para el cargo al que postula. Asimismo, es obligatorio la elección de la Oficina Descentralizada de Proceso Electorales (ODPE) que desea postular.



  • a) Presentación de Currículo Vitae:
    La presentación del currículo vitae documentado se realizará en las fechas y horas que señala la publicación de la convocatoria, y se efectuará exclusivamente por Sistema Integrado de Gestión de Locadores de Servicios (https://reclutamiento.onpe.gob.pe/), debiendo adjuntar la documentación que cumpla con acreditar el perfil y requisitos para el cargo al que postula.
  • b) Evaluación Curricular:
    Es de cumplimiento obligatorio del postulante, adjuntar los documentos obligatorios que acrediten los requisitos mínimos y de considerarlo necesario adjunte los requisitos complementarios que determine el perfil del cargo. Los postulantes que no adjunten los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos mínimos y documentación obligatoria serán descalificados.
    ADVERTENCIA: La COMISIÓN comunica a los postulantes que alteren su identidad, presenten documentos, declaraciones y/o información falsa u observen un comportamiento deshonesto durante el proceso del concurso público, serán excluidos, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. En caso que el postulante se encuentre registrado en el Registro de Organizaciones Políticas – ROP del Jurado Nacional de Elecciones, quedará descalificado automáticamente del proceso. En caso de no aparecer el postulante en la base de datos del ROP, pasa a la siguiente etapa, sin perjuicio de realizar la verificación en cualquier etapa del proceso.
  • c) Entrevista Personal:
    La COMISIÓN publicará en la página web institucional, la relación de los postulantes para rendir la Entrevista Personal, indicándoles la metodología, fecha y hora en la que ésta se realizará. El lugar será de manera presencial y en el distrito de la ODPE que se postuló. Es de cumplimiento obligatorio para el postulante, respetar los requisitos establecidos por LA COMISIÓN para el correcto desarrollo de esta etapa, así como contar con su DNI u otro documento previamente comunicado por la COMISIÓN.
    El postulante debe tener presente que, en esta etapa se evaluará la idoneidad del postulante para el puesto al que postula. Teniendo por objetivo que, a través de preguntas, conocer mejor al postulante en cuanto a sus características personales, sus conocimientos y experiencias; por lo que no es una evaluación objetiva, ya que depende de la percepción que tengan los entrevistadores sobre el postulante. Por lo tanto, en esta etapa del Concurso Público se les brinda un grado de discrecionalidad a los entrevistadores para que elijan a la persona idónea para el cargo según la impresión que se hayan formado de cada uno de los postulantes, debiendo encontrarse sujeta a parámetros de calificación plenamente reconocidos por la entidad convocante. Asimismo, los postulantes preseleccionados que no se presenten o lo hagan fuera del horario establecido a la entrevista personal, serán descalificados.
  • d) Publicación de resultados finales:
    El resultado final se obtendrá del promedio de los puntajes obtenidos en cada etapa del concurso público. La COMISIÓN publicará en la página web de la ONPE la lista de los ganadores que obtuvieron la condición de titulares como Coordinador Local de Votación de ODPE, así como los accesitarios y remitirá la misma a la Jefatura Nacional para la emisión de la resolución correspondiente en el Diario Oficial “El Peruano”, a fin que la ciudadanía interponga ante el JNE, las tachas de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones - Ley N° 26859. e) Designación: Culminado el período de tachas y haber recibido la resolución del JNE, corresponderá la designación de los titulares a las ODPE a través de una Resolución Jefatural, que será publicada en el Diario Oficial “El Peruano”. En el caso que algún seleccionado desistiera, renuncie o tenga que ser separado o destituido, se procederá a designar al accesitario inmediato según el orden del puntaje final.



IMPEDIMENTOS:

  • a) Se encuentra impedido para contratar con el Estado.
  • b) Este incurso en el término e impedimento para reingresar a cualquier organismo del Estado, por haber sido destituido (dentro de los cinco años anteriores) o haber cesado con incentivos en programas de Renuncias Voluntarias (dentro de los cinco años anteriores).
  • c) Ser miembro en actividad de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú (el cual aplica desde la firma contrato e inicio de la prestación de servicios).
  • d) Tenga en su contra antecedentes penales, judiciales y/o policiales.
  • e) Tenga condena por delito doloso, con sentencia firme, por delito de terrorismo, apología del delito de terrorismo, trata de personas, proxenetismo, violación de la libertad sexual, y tráfico ilícito de drogas según la Ley N° 30794.
  • f) Se encuentre inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles por delito doloso REDERECI
  • g) Tenga parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, y/o por razón de matrimonio, unión de hecho o convivencia con el personal de dirección y/o confianza, o con el personal que tenga injerencia directa o indirecta en el proceso de contratación de locación de servicios y/o selección de personal, sujetándose a las disposiciones de la Ley Nº 26771 y sus modificatorias, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM.
  • h) Se encuentre inmerso dentro de las prohibiciones e incompatibilidades dispuestas en la Ley Nº 27588 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2002-PCM.
  • i) Este impedido de ser postor o contratista con el Estado, según las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.
  • j) Se encuentre percibiendo un ingreso monetario del Estado. Salvo que, en este caso, dejen de percibir esos ingresos durante el periodo de contratación por locación de servicios. Están exceptuados de esta prohibición cuando la contraprestación que se perciba provenga de actividad docente o por ser miembro únicamente de un órgano colegiado.
  • k) Sea candidato a cargos de elección popular.
  • l) Pertenezca o no haya pertenecido en los últimos cuatro (4) años a una organización política; o desempeña cargos directivos con carácter nacional en las organizaciones políticas, o los haya desempeñado en los cuatro (4) años anteriores a su postulación al presente concurso público; o haber sido candidato a cargos de elección popular en los últimos cuatro años.
  • m) Se encuentre en las restricciones establecidas en el Artículo 12 del Reglamento que crea la Ley del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
  • n) Sufran enfermedad o incapacidad física o mental no susceptible de rehabilitación y que impida el desempeño en el cargo al momento de la designación.
  • o) Haya sido condenado penalmente por haber incurrido en alguno de los tipos penales contenidos en el Título XVI de la Ley Nº 26859.
  • p) Estar inhabilitado administrativa o judicialmente. Están inhabilitados administrativamente quienes están comprendidos en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC o quienes lo están judicialmente con sentencia firme para el ejercicio de la profesión, cuando ello fuere un requisito del puesto, para contratar con el Estado o para desempeñar servicio civil.

ADVERTENCIA: La Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE comunica a todos los postulantes, que la documentación presentada será verificada y, de encontrarse que alguna no correspondiera a los registros de las instituciones involucradas o alteren su identidad, presenten documentos, declaraciones y/o información falsa u observen un comportamiento deshonesto durante el proceso del concurso público, serán excluidos, sin perjuicio de las acciones legales que corresponden.
La presentación de reclamos contra el resultado de evaluación curricular será recibida hasta las 13:00 horas del 06 de febrero de 2026, por medio de la mesa de partes virtual, por lo que, todo reclamo que sea presentado posterior a la fecha y hora antes indicada se tendrá como no presentado.

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