Lugar de labores: Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Pasco, San Martín, Selva Central, Tumbes
Remuneración: NO ESPECIFICA
Hay plazas para: Fiscales Superiores
Nota: Los interesados deben considerar previamente a la postulación, si cumplen con los requisitos establecidos para cada vacante y revisar que documentación(anexos, formatos, etc) debe adjuntar para su correcta inscripción. Las bases son consignados para cada puesto a continuación.
NOTA APROBATORIA:
Examen escrito y calificación curricular: 66.66 puntos en cada etapa
VALORACIÓN DE LAS ETAPAS: Fiscal Superior
• Examen escrito – 40% del total de la calificación.
• Calificación Curricular – 40% del total de la calificación.
• Entrevista personal – 20% del total de la calificación.
REQUISITOS DE POSTULACIÓN: Fiscal Superior
Conforme a lo establecido en el artículo 158° de la Constitución Política del Perú, el
nombramiento de Fiscales está sujeto a requisitos y procedimientos idénticos a los de los
miembros del Poder Judicial en su respectivo nivel, por lo que rige para tal efecto lo dispuesto
en la Ley de la Carrera Judicial – Ley N° 29277.
INSCRIPCIONES PAGO POR DERECHO DE INSCRIPCIÓN:
Banco de la Nación, programa vía Teleproceso:
Código Tributo 09172
Concepto CNM – NIVEL 3 Jueces Superiores Importe S/. 1,440.00
• En el recibo debe figurar el número de DNI del postulante.
• Al día siguiente de efectuado el pago, el postulante podrá ingresar a la Ficha de
Inscripción ubicada en la Ficha Única, en la extranet del CNM.
CRONOGRAMA DE PAGOS E INSCRIPCIONES:
• Fecha de pago de derechos de inscripción: Hasta el 07 de Junio del 2018.
• Plazo de inscripción: Hasta el 08 de Junio del 2018
• Examen Escrito y Evaluación Psicológica: 24 de junio del 2018
• Presentación digital de documentos: Del 25 de junio al 02 de julio del 2018
El postulante que apruebe el examen escrito debe presentar en formato digital la
documentación completa que sustente el cumplimiento de los requisitos generales, así
como la que sustente el currículum vitae (Documentos adicionales), de acuerdo a lo
previsto en el artículo 7º del Reglamento de Concursos, a través de la Ficha Única en
la extranet del CNM.
• Presentación de tachas: Plazo: Diez (10) días hábiles improrrogables - Del 25 de junio al 09 de julio del 2018.
La tacha se formula a través de la Ficha Única en la extranet del CNM o por escrito
presentado en la sede del Consejo Nacional de la Magistratura, sito en Av. Paseo de la
República Nº 3295, San Isidro – Lima, con los siguientes requisitos:
1. Nombres y apellidos completos, número de documento nacional de identidad y
domicilio de cada persona que la presenta. Si se trata de una persona jurídica se
hace a través de su representante legal debidamente acreditado, cumpliendo los
demás requisitos establecidos.
2. Correo electrónico para realizar las respectivas notificaciones.
3. Nombres y apellidos del postulante tachado.
4. Descripción de los hechos y los fundamentos en que se sustenta la tacha.
5. Los medios probatorios. De no tenerlos en su poder, debe precisar los datos que
los identifiquen y la dependencia donde se encuentren.
6. Lugar, fecha, firma y huella digital. De no saber firmar o tener impedimento físico,
debe imprimir su huella digital. El Consejo se reserva el derecho de verificar la
autenticidad de la firma y huella digital.
7. Copia de la tacha y anexos para su notificación, de presentarlo por escrito.
La tacha presentada por más de una persona debe consignar los datos de cada una de
ellas y señalar tanto su domicilio así como un correo electrónico en común en el que se
efectúen las notificaciones.
No se exige la firma de abogado ni el pago de tasa alguna.
Nota: Sólo serán resueltas las tachas interpuestas contra los postulantes que aprueben
la etapa de calificación curricular.
FORMA DE INSCRIPCIÓN
El postulante debe llenar la Ficha de Inscripción a través de la Ficha Única, en la extranet del
CNM (CLICK AQUÍ), siguiendo las instrucciones detalladas en ella. Los datos que consigne
tendrán carácter de declaración jurada, conforme a lo previsto en los artículos 5º y 6° del
Reglamento de Concursos.
“Artículo 5º: Los datos consignados por el postulante en la ficha de inscripción tienen
carácter de declaración jurada, según lo dispuesto en el artículo 49°.1 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General,
sujetándose a las responsabilidades civiles y penales, así como a lo previsto en los
artículos 12º y 13° del presente Reglamento.”
“Artículo 6°: El postulante debe cumplir los requisitos establecidos en la Ley de la
Carrera Judicial para ascender en cargo judicial o fiscal, según corresponda, así como
los previstos en el artículo 7º del presente Reglamento, al término del periodo de
inscripciones.”
“Artículo 12°:La documentación presentada por el postulante es sometida a un estricto
control de fiscalización, de acuerdo con lo dispuesto por el presente Reglamento y
conforme a Ley
“Artículo 13°:El postulante que altere su identidad personal, presente documentos o
declaraciones total o parcialmente falsas o realice actos irregulares que contravengan o
afecten la legalidad o igualdad del concurso, o presente publicación, ponencia o
exposición en la que se detecte copia total o parcial sin citar la fuente, es inmediatamente
excluido del concurso, poniéndose en conocimiento los hechos al Ministerio Público para
los fines de ley.
La exclusión se produce también por omitir u ocultar información relevante que el
postulante debió poner en conocimiento del Consejo y que determine su falta de probidad
o idoneidad para su nombramiento.
La exclusión de un postulante puede ser realizada hasta antes de emitirse la resolución
de nombramiento. En caso ésta ya se hubiese emitido, el Pleno del Consejo da inicio al
proceso de declaración de nulidad del nombramiento y en su caso ejercita la acción de
nulidad de resolución ante el Poder Judicial, según los plazos previstos en el Texto Único
Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.”
conforme a Ley
EVALUACIÓN DE IDIOMA QUECHUA O AIMARA
De preferencia, el postulante a plaza cuya ubicación geográfica tiene como idioma predominante
el quechua, aimara u otras lenguas nativas de acuerdo al último censo de población realizado
por el INEI, debe tener el dominio de dichos idiomas. La verificación del dominio de dichos
idiomas se realiza a través de una evaluación oral antes de la entrevista personal.
(Numeral 8 del artículo III de las Disposiciones Generales del Reglamento de Concursos). BONIFICACIONES Artículo 55º La bonificación dispuesta en la Ley General de la Persona con Discapacidad –
Ley Nº 29973, se aplica sobre el promedio final al postulante que acredite su discapacidad,
conforme a lo previsto en el artículo 7° numeral 1, literal p), del presente Reglamento.
Artículo 56º Se otorga una bonificación del diez por ciento (10%) a aquellos que postulan a
plazas en las que el idioma predominante sea el quechua o aimara u otros dialectos, de acuerdo
al último censo de población realizado por el INEI. Se debe acreditar la capacidad de
comunicarse a nivel avanzado mediante la evaluación oral en el acto público de su entrevista
personal según el cronograma que establezca la Dirección de Selección y Nombramiento.
COMUNICADOS E INFORMES
Los comunicados oficiales se publican en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM), en la página
electrónica del CNM.
Igualmente, toda comunicación se realizará a través de la Ficha Única en la extranet del CNM,
por correo electrónico o telefónicamente, por lo que es responsabilidad del postulante mantener
vigentes los correos y números telefónicos señalados en la Ficha de Inscripción. Cualquier
cambio en los mismos deberá ser comunicado oportunamente
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